Seguros de AutomóvilesAmparar los daños y/o pérdidas que sufran los vehículos de propiedad del Asegurado o por los que sea legalmente responsable, o aquellos daños a bienes o lesiones o muerte a terceros que se causen. Amparos de la póliza Responsabilidad civil y extracontractual Se ampara la Responsabilidad Civil Extracontractual en que de acuerdo con la ley incurra el Asegurado al conducir los vehículos asegurados en la póliza, o por cualquier persona que conduzca dichos vehículos con su debida autorización, proveniente de un accidente o serie de accidentes emanados de un solo acontecimiento ocasionado por los vehículos descritos en la misma. Además, aún en exceso del límite o límites asegurados, por las costas del proceso que la victima o sus causahabientes promuevan en su contra o la del asegurado con las salvedades siguientes:
Pérdida total del vehículo por daños Es la destrucción total del vehículo como consecuencia de un accidente o por actos mal intencionados de terceros, incluidos los actos terroristas. La destrucción total se configura si los repuestos, la mano de obra necesaria para las reparaciones y su impuesto a las ventas, tienen un valor igual o superior al 75% del valor comercial del vehículo. Pérdida parcial del vehículo por daños Es el daño causado por un accidente o por actos mal intencionados de terceros, incluidos los actos terroristas. Cuando los repuestos, la mano de obra necesaria para las reparaciones y su impuesto a las ventas, tienen un valor inferior al 75% del valor comercial del vehículo. Se cubren, además, bajo este amparo los daños a los radios, pasacintas, equipos de sonido, de calefacción u otros accesorios o equipos no necesarios para el funcionamiento normal del vehículo por cualquier clase de hurto o sus tentativas, siempre que tales accesorios o equipos se hayan asegurados específicamente. Pérdida total o parcial del vehículo por hurto o hurto calificado Es la desaparición permanente del vehículo completo o la pérdida o daño total o parcial de las partes o accesorios fijos, necesarios para el funcionamiento normal del vehículo, por causa de cualquier clase de hurto o sus tentativas. Se cubre, además, bajo este amparo la desaparición o daños que sufran los radios, pasacintas, equipos de sonido, de calefacción u otros accesorios o equipos no necesarios para el funcionamiento normal del vehículo por cualquier clase de hurto o sus tentativas, siempre que tales accesorios o equipos se hayan asegurado específicamente. Amparo de gastos de grúa y protección al vehículo incluyendo motos y vehículos pesados Son los gastos en que incurra el Asegurado, de manera indispensable y razonable, para proteger, transportar o remolcar con grúa el vehículo en caso de accidente, cuando ocurra una pérdida total o parcial cubierta por este seguro, o desde donde apareciere en caso de hurto o hurto calificado hasta el taller de reparaciones, garaje o parqueadero mas cercano al lugar del accidente, o a donde apareciere en caso de hurto, u otro con autorización de la Aseguradora, hasta el 100% del valor del servicio Terremoto, temblor y/o erupción volcánica Siempre y cuando se hayan tomado los amparos de pérdida total y parcial del vehículo por daños, la presente póliza extiende su cobertura a los daños y pérdidas al vehículo asegurado causados por temblor, terremoto o erupción volcánica. No aplicación de deducible para todos los amparos En caso de siniestro por cualquier causa cubierta bajo la presente póliza, el pago de la indemnización se hará sin tener en cuenta ningún tipo de deducible a cargo de la Universidad, es decir, el valor indemnizado corresponderá al 100% de la pérdida. Gastos de transporte en caso de pérdida total o por hurto En caso de pérdida total del vehículo por hurto o hurto calificado, el asegurado recibirá en adición a la indemnización por pérdida total por hurto o hurto calificado sin exceder en ningún caso de treinta (30) días comunes contados a partir del día siguiente al de la notificación del hecho a la Aseguradora y terminará cuando se haga efectiva la indemnización o la restitución del vehículo asegurado, únicamente para automóviles, camperos, camionetas y pick-up y según el contrato de seguro adquirido. Gastos de transporte en caso de pérdida total por daños En caso de pérdida total del vehículo por daños, el Asegurado recibirá en adición a la indemnización por pérdida total por daños sin exceder en ningún caso de treinta (30) días comunes contados a partir del día siguiente al de la notificación del hecho a la Aseguradora y terminará cuando se haga efectiva la indemnización o la restitución del vehículo asegurado, únicamente para automóviles, camperos, camionetas y pick-up y según el contrato de seguro adquirido. Amparo de protección patrimonial La Aseguradora indemnizará cuando el conductor incurra en las causales de exclusión indicadas a continuación:
Asistencia jurídica en proceso penal Indemniza los gastos en que incurra el asegurado por concepto de honorarios de los abogados que lo apoderen en el proceso penal que se inicie como consecuencia directa y exclusiva de lesiones personales culposas y/o de homicidio en accidente de tránsito, ocurrido durante la vigencia de la póliza, causados por los vehículos asegurados a personas que se encuentren dentro o fuera del mismo, con sujeción a las siguientes condiciones:
Asistencia jurídica en proceso civiles Indemniza los gastos en que incurra el asegurado por concepto de honorarios del abogado que lo apodere dentro del proceso civil que se inicie en su contra como consecuencia directa y exclusiva de un accidente de tránsito ocurrido dentro de la vigencia de la póliza y amparado por la misma, en que se haya visto involucrado el vehículo descrito en la carátula de la póliza. Con los siguientes límites: Asistenica jurídica - casa cárcel Mediante este amparo el Asegurado, o quien vaya conduciendo el vehiculo asegurado con su autorización, así como el asegurado cuando sea persona natural y se encuentre conduciendo un vehiculo de servicio particular y de similares características al descrito en la póliza, contará con los servicios de un abogado, quien hará los trámites necesarios para el traslado a la Casa Cárcel para conductores, cuando como consecuencia de un accidente incurra en los delitos de LESIONES PERSONALES Y HOMICIDIO EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO y por tal circunstancia sea retenido conforme a la Ley. Esta cobertura tendrá efecto en las ciudades donde existan establecimientos carcelarios. Asistenica en viajes El servicio de Asistencia en Viajes lo presta la aseguradora llamando a la línea nacional asignada para tal fin. Coberturas al Vehículo
Asistencia Jurídica preliminar
Cobertura a las personas
Coberturas al equipaje
Sistema de Operación
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