Seguro de Todo Riesgo Daños Materiales

Objeto del Seguro

Amparar todos los bienes inmuebles y muebles de propiedad del asegurado o aquellos que se encuentren bajo su control, tenencia, responsabilidad o custodia, ubicados en el territorio nacional contra los daños o pérdidas materiales a consecuencia de cualquier riesgo, tanto por eventos internos o externos, incluyendo las pérdidas consecuenciales por todo concepto. Los sublímites otorgados en cada una de las cláusulas establecidas operan en exceso del valor asegurado y no haciendo parte del mismo.

Con esta póliza, se unifica en un solo seguro, las coberturas que se pueden contratar bajo las pólizas de Incendio y/o Rayo, Sustracción, Equipo Electrónico y Rotura de Maquinaria, para obtener una mayor protección de sus bienes e intereses al contratar una póliza de Todo Riesgo, bajo la cual se amparen todas las pérdidas o daños que puedan sufrir estos, con excepción de los expresamente excluidos.

Amaparo Básico

Todos los daños, pérdidas o desaparición que sufran los intereses asegurados, originados por cualquier causa no expresamente excluida, sea que dichos bienes estén en uso o inactivos, dentro o fuera de los predios del asegurado y dentro del territorio nacional, así como los costos y/o gastos en que incurra, o todos combinados, como consecuencia de dichos daños o pérdidas; incluyendo las siguientes coberturas y/o eventos pero sin estar limitado a ellos: Daño material, hurto y hurto calificado para todos los bienes, todo riesgo sustracción, corriente débil, pérdida de datos o portadores externos de datos incluyendo software, rotura de maquinaria, frigoríficos, daños a calderas u otros aparatos generadores de vapor, rotura accidental de vidrios, terremoto, temblor, erupción volcánica, maremoto, tsunami y demás eventos de la naturaleza, Actos Mal Intencionados de Terceros (AMIT), Huelga, Motín, Asonada, Conmoción Civil o Popular (HMACCoP), Terrorismo, Sabotaje.

Amparos Adicionales

  • Adecuación de construcciones a las normas de sismo resistencia: Se extiende la cobertura del seguro a amparar los costos y gastos razonables en que incurra el asegurado, cuando a consecuencia de un evento amparado bajo la póliza, los edificios y obras civiles sufran daños estructurales, cuya reparación o reconstrucción conlleve la adecuación a normas sismo resistentes vigentes al momento de efectuarse la reparación o reconstrucción del bien asegurado.
  • Amparo para semovientes.
  • Rotura de vidrios, interiores y exteriores que formen parte del inmueble asegurado.

Cláusulas Adicionales

  • Actos de autoridad.
  • Amparo automático para bienes muebles o inmuebles adquiridos o recibidos, en construcción, montaje y/o remodelación sean nuevos o usados (hasta por el porcentaje pactado del valor asegurado total de la póliza.
  • Ampara automático para cambio de ubiación del riesgo. No se requiere dar aviso previo o posterior a la aseguradora.
  • Amparo automático para edificios y contenidos que por error u omisión no se hayan informado al inicio del seguro (hasta por el porcentaje pactado del valor asegurado total de la póliza).
  • Amparo automático para equipos reemplazados temporalmente hasta por el porcentaje pactado del valor asegurado total así como el número de días.
  • Ampliación del plazo para aviso de siniestro.
  • Anticipo de indemnización.
  • Arbitramento o cláusula compromisoria.
  • Bienes bajo cuidado, tenencia, control y custodia.
  • Bienes fuera de edificios.
  • Cláusula de 72 horas para terremoto.
  • Cobertura de equipos móviles y portátiles.
  • Cobertura para conjuntos.
  • Concurrencia de amparos, cláusulas y/o condiciones.
  • Conocimiento del riesgo.
  • Daños y pérdida a dineros y títulos valores.
  • Definición del riesgo.
  • Denominación en libros.
  • Derechos sobre el salvamento.
  • Designación de ajustadores.
  • Designación de bienes asegurados.
  • Determinación de la pérdida indemnizable.
  • Elementos dañados y gastados.
  • Eliminación de cláusula de garantías. 
  • Equipos de reeemplazo temporal.
  • Errores, omisiones e inexactitudes no intencionales.
  • Errores u omisiones en la presentación de la información sobre bienes asegurados.
  • Experticio técnico.
  • Extensión de la cláusula de traslados temporales para amparar el tránsito de los bienes.
  • Flete expreso y flete aéreo límite 100% de los gastos demostrados.
  • Gastos adicionales límite 100% de los gastos demostrados.
  • Gastos adicionales para acelerar la reparación, reacondicionamiento o el reemplazo de los bienes asegurados o para continuar o restablecer lo mas pronto posible las actividades del asegurado límite 100% de los gastos demostrados.
  • Gastos de extinción de incendio límite 100% de los gastos demostrados.
  • Gastos de extinción del siniestro límite 100% de los gastos demostrados.
  • Gastos de preservación de bienes límite 100% de los gastos demostrados.
  • Gastos extraordinarios por tiempo extra, trabajo nocturno, trabajo en días feriados límite 100% de los gastos demostrados.
  • Gastos para demostrar el siniestro y su cuantía límite 100% de los gastos demostrados.
  • Gastos por arrendamiento en caso de siniestro límite 100% de los gastos demostrados.
  • Gastos por reacondicionamientos, reemplazos temporales y/o provisionales o reparaciones de bienes asegurados o construcciones provisionales o transitorias, así como el valor del arrendamiento temporal de bienes muebles o inmuebles límite 100% de los gastos demostrados.
  • Honorarios profesionales (ingenieros, topógrafos, arquitectos, etc, incluyendo gastos de viaje y estadía límite 100% de los gastos demostrados.
  • Incremento en los costos de operación.
  • Índice variable.
  • Labores y materiales.
  • Modificaciones a favor del asegurado.
  • Modificaciones del riesgo.
  • Movilización de bienes para su uso.
  • No subrogación.
  • No concurrencia de deducibles.
  • No tasación de inventario cuando la cuantía reclamada por el asegurado, sea igual o inferior al 0.001% del valor asegurdo total de la póliza.
  • Obras en construcción y/o terminadas y/o montaje.
  • Pago de auditores, revisores y contadores límite 100% de los gastos demostrados.
  • Pago de indemnización directamente a contratistas y proveedores.
  • Primera opción de compra del salvamento para el asegurado.
  • Propiedad horizontal.
  • Propiedad personal de funcionarios.
  • Reconstrucción de archivos hasta el 100% de los gastos demostrados.
  • Remoción de escombros hasta el 100% de los gastos demostrados.
  • Renta hasta por el 100% de los gastos demostrados.
  • Reposición o reemplazo para equipos eléctricos y electrónicos y para maquinaria.
  • Reposición o reemplazo para equipos eléctricos y electrónicos y para maquinaria hasta la concurrencia del valor asegurado.
  • Reposición o reemplazo para demás bienes.
  • Reproducción o reemplazo de información contenida en documentos, archivos de cualquier tipo, bases de datos, planos, etc, hasta el 100% de los gastos demostrados.
  • Restablecimiento automático del valor asegurado por pago de siniestro para las coberturas de amit, huelga, motín, asonada conmoción civil o popular.
  • Revocación de la póliza.
  • Secreto industrial, propiedad industrial, marcas de fábrica y nombres.
  • Sistema flotante para mercancías, insumos, materias primas, productos en proceso, productos terminados, con reporte mensual y ajuste anual.
  • Traslado temporal de bienes.
  • Valor acordado sin aplicación de infraseguro.
  • Valores admitidos globales sin relación de bienes
 

Seguros Personas

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Cubrimos todos los riesgos que puedan afectar a la existencia, integridad corporal o salud de un asegurado.

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